Cómo reclamar la pensión de sobrevivientes en Colombia
Cuando fallece un pensionado o un trabajador que cotizaba, sus beneficiarios tienen derecho a recibir la pensión de sobrevivientes. Le explicamos quién puede reclamarla, qué documentos necesita y cómo hacerlo paso a paso.
Crear mi solicitud Gratis · sin abogado · lista para radicar¿Qué es la pensión de sobrevivientes?
Es la prestación económica que reciben los familiares de un afiliado o pensionado que fallece. Se regula principalmente por la Ley 100 de 1993 (art. 46 y siguientes) y la Ley 797 de 2003. Si el fallecido era pensionado, los beneficiarios reciben el 100 % de la mesada. Si era un trabajador activo que cotizaba, se requiere que haya cotizado al menos 50 semanas en los últimos 3 años antes del fallecimiento.
¿Quién tiene derecho?
Cónyuge o compañero(a) permanente
Debe acreditar convivencia de al menos 5 años continuos antes del fallecimiento. Si el pensionado tenía cónyuge y compañera permanente, la pensión se reparte proporcionalmente según el tiempo de convivencia.
Hijos menores o estudiantes
Los hijos menores de 18 años tienen derecho automático. Los hijos entre 18 y 25 años que acrediten que estudian de forma continua también lo tienen. Los hijos en situación de discapacidad reciben la pensión sin importar su edad.
Padres dependientes
Si el fallecido no tenía cónyuge ni hijos con derecho, los padres que dependían económicamente de él pueden reclamar la pensión de sobrevivientes.
Cómo reclamarla con Ayuda Ciudadana
- Cuente su caso. Indique quién falleció, su parentesco y si ya tiene los documentos básicos.
- La IA prepara su solicitud. Genera el escrito de reclamación dirigido al fondo de pensiones con los fundamentos legales correctos.
- Descargue y radique. En PDF o Word, listo para presentar ante Colpensiones o el fondo privado correspondiente.
- Seguimiento. Le ayudamos a hacer seguimiento al trámite y, si lo niegan, a preparar una tutela.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede reclamar la pensión de sobrevivientes?
El cónyuge o compañero(a) permanente, los hijos menores de 25 años que estudien, los hijos en situación de discapacidad y, en ausencia de los anteriores, los padres que dependían económicamente del fallecido.
¿Qué documentos necesito para reclamar?
Registro civil de defunción, registro de matrimonio o declaración de unión marital, registros civiles de nacimiento de los hijos, cédulas de los beneficiarios y declaración juramentada de dependencia económica.
¿Hay plazo para reclamar la pensión de sobrevivientes?
El derecho a la pensión no prescribe, pero las mesadas atrasadas sí prescriben a los 3 años. Por eso conviene reclamar lo antes posible para no perder pagos retroactivos.