Calcule sus prestaciones sociales, gratis
Sepa exactamente cuánto le corresponde de prima de servicios, cesantías, intereses de cesantías y vacaciones. Con los valores en la mano, la app le genera el reclamo listo para radicar.
Calcular mis prestaciones Gratis · con las fórmulas del CST · SMMLV 2026¿Qué son las prestaciones sociales?
Son los pagos adicionales al salario que todo empleador en Colombia debe reconocer por ley. Incluyen la prima de servicios (30 días de salario por año, pagada en junio y diciembre), las cesantías (un salario mensual por año, consignadas en el fondo antes del 14 de febrero), los intereses de cesantías (12% anual sobre las cesantías, pagados antes del 31 de enero) y las vacaciones (15 días hábiles de descanso remunerado por año). Están reguladas en los artículos 249 a 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
Lo que debe saber
Prima de servicios
Equivale a 30 días de salario por año trabajado. Se paga en dos cuotas semestrales: la primera a más tardar el 30 de junio y la segunda a más tardar el 20 de diciembre. Si trabajó menos de un semestre, se paga la fracción proporcional (Art. 306 CST).
Cesantías e intereses
Las cesantías son un mes de salario por cada año trabajado, que el empleador debe consignar en el fondo antes del 14 de febrero. Los intereses sobre cesantías son el 12% anual y se pagan directamente al trabajador antes del 31 de enero. Si no se consignan a tiempo, hay sanción de un día de salario por cada día de retardo (Art. 99 Ley 50/1990).
Vacaciones
Todo trabajador tiene derecho a 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicio (Art. 186 CST). Si no las disfrutó, se compensan en dinero al terminar el contrato.
Cómo calcularlas con Ayuda Ciudadana
- Ingrese su salario. Indique su salario mensual y las fechas de inicio y fin del período a calcular.
- Vea el desglose. La calculadora le muestra cada prestación por separado: prima de servicios, cesantías, intereses de cesantías y vacaciones.
- Genere el reclamo. Si le adeudan prestaciones, la IA le redacta la carta de reclamo al empleador, lista para radicar.
- Escale si no pagan. Al Ministerio del Trabajo o por vía judicial laboral.
Preguntas frecuentes
¿Qué son las prestaciones sociales en Colombia?
Son los pagos adicionales al salario que el empleador debe reconocer por ley: prima de servicios, cesantías, intereses de cesantías y vacaciones. Están reguladas en los Arts. 249-306 del CST.
¿Cuánto es la prima de servicios?
Equivale a 30 días de salario por año. Se paga en dos cuotas semestrales: máximo el 30 de junio y el 20 de diciembre. Si trabajó menos de un semestre, se paga la proporción.
¿Cuándo deben pagar las cesantías?
El empleador debe consignarlas en el fondo antes del 14 de febrero. Los intereses (12% anual) se pagan directamente al trabajador antes del 31 de enero. Al terminar el contrato, se liquidan de inmediato.
¿Qué pasa si no me pagan las prestaciones?
Hay sanciones por mora. Puede reclamar al empleador, acudir al Ministerio del Trabajo o iniciar un proceso laboral. La app calcula lo adeudado y genera el reclamo.