Cambio de EPS: su derecho a elegir
La ley le garantiza cambiar de EPS libremente, sin restricciones ni demoras. Le explicamos el procedimiento y, si su EPS pone obstáculos, la app le genera la petición o tutela como borrador para revisar y radicar.
Genera tu solicitud gratis Gratis · Decreto 1406/1999 · con IA¿Cuál es su derecho?
La ley colombiana (Decreto 1406/1999) garantiza su derecho a cambiar de EPS libremente, sin justificación y en cualquier momento. Ninguna EPS puede obligarlo a quedarse ni cobrarle penalidad por cambio.
Puede cambiar inmediatamente si su EPS:
- Niega injustamente servicios (medicamentos, cirugías)
- Tiene demoras habituales en atención
- No cubre un tratamiento que sí cubre otra EPS
Pasos para cambiar de EPS
- Elija su nueva EPS. Verifique que ofrezca los servicios que necesita y tenga cobertura en su ciudad.
- Solicite el cambio a la nueva EPS. En línea, presencialmente o por teléfono; ellos se encargan del resto.
- La nueva EPS contacta a la actual. El traslado es automático, sin participación suya.
- Espere 4 días hábiles. Es el plazo legal para completar el cambio.
- Verifique su afiliación. Confirme con su nueva EPS que el cambio se procesó.
Documentos que necesita
- Cédula de ciudadanía (original o copia)
- Número de afiliación actual (en su carné de EPS)
- Número de cuenta bancaria donde recibe salario (si es independiente, para el descuento de aportes)
Si su EPS pone obstáculos
Esperas, negativas o cobros ilegales
"Le ponen esperas", "dicen que no es posible ahora", "cobran una penalidad" — todo eso es ilegal. Puede interponer una tutela de amparo o un derecho de petición a la Superintendencia de Salud (Supersalud).
Preguntas frecuentes
¿Mi empleador puede cambiar mi EPS sin permiso?
No. Su empleador puede sugerirle una EPS nueva, pero usted tiene derecho a elegir. Cualquier cambio forzado es ilegal.
¿Pierdo mi historial médico al cambiar?
No. Su nueva EPS debe tener acceso a su historial (por ley). Pero pida un resumen de su historia clínica a la EPS anterior para tener una copia.
¿Qué pasa con mis servicios pendientes?
Los servicios autorizados antes del cambio los debe completar su EPS anterior. Los nuevos servicios ya los autoriza la nueva EPS.
¿Puedo cambiar mientras estoy hospitalizado?
Sí, pero espere a ser dado de alta. Durante una hospitalización, manténgase en la misma EPS para evitar interrupciones de cuidado.