DEUDAS · PRESCRIPCIÓN

Me cobran una deuda vieja

Las deudas no se pueden cobrar por la fuerza para siempre: con el tiempo prescriben, es decir, la ley extingue la posibilidad de cobrarlas judicialmente. Le explicamos los plazos y cómo alegar la prescripción, y la app le redacta la comunicación al acreedor o a la central de riesgo.

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¿En cuánto tiempo prescribe una deuda?

Depende del tipo de obligación. Los títulos valores (pagarés, cheques, letras) tienen plazos cortos (por lo general 3 años para la acción cambiaria). Las obligaciones ordinarias prescriben en plazos mayores (la acción ejecutiva a los 5 años y la ordinaria a los 10, según el Código Civil, con reglas de la Ley 791 de 2002). Prescrita la deuda, el acreedor pierde la posibilidad de demandarlo con éxito y usted puede alegar la prescripción como defensa.

Lo que debe saber

Cuidado con “reactivar” la deuda

Reconocer la deuda o hacer un abono puede interrumpir la prescripción y reiniciar el conteo. Si su intención es alegar que prescribió, no firme acuerdos ni abone sin asesoría.

Reporte y llamadas de cobro

Una deuda muy antigua no debería seguir reportada de forma indefinida (caducidad del dato, Ley 1266/2008). Y el cobro no puede volverse hostigamiento. Puede exigir por escrito que cesen las prácticas indebidas y que corrijan el reporte.

Cómo actuar con Ayuda Ciudadana

  1. Cuente el caso. Qué le cobran, de cuándo es la deuda y quién la cobra.
  2. La IA redacta la comunicación alegando la prescripción o el reclamo de habeas data.
  3. Radíquela ante el acreedor o la central de riesgo y guarde la constancia.
  4. Escale a la Superintendencia (SIC) si no corrigen el reporte; la app lo orienta.
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Preguntas frecuentes

¿En cuánto tiempo prescribe una deuda en Colombia?

Depende del tipo: los títulos valores suelen prescribir en 3 años; las obligaciones ordinarias en 5 (ejecutiva) o 10 años (ordinaria), según el Código Civil y la Ley 791/2002.

¿Si prescribió, ya no me pueden cobrar?

No pueden demandarlo con éxito: usted puede alegar la prescripción como defensa. Pero ojo: reconocer la deuda o abonar puede reiniciar el conteo.

¿Pueden seguir reportándome una deuda vieja?

El dato negativo tiene un tiempo máximo de permanencia (Ley 1266/2008). Un reporte indefinido o el hostigamiento de cobro se pueden reclamar.

¿Necesito abogado?

Para la comunicación inicial no. La app la redacta por usted; para un proceso judicial conviene un abogado.